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INFORMACIÓN PARA PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DE PEMEX



           No se puede realizar la venta de aceites lubricantes terminados a granel, o como
           comúnmente se le denomina litreado.


           ACEITES y LUBRICANTES
           Requerimientos comerciales de los
           aditivos automotrices para ser comer-
           cializados en las estaciones de servicio
           de la Franquicia Pemex .
                                  ®
           El Franquiciatario puede comercializar en las
           áreas de despacho de las Estaciones de Ser-
           vicio; productos tales como anticongelantes,
           líquidos para frenos, líquidos para batería,
           agua para el depósito del parabrisas, aditivos
           para gasolina o diésel, aditivos para el radia-
           dor y líquidos para la dirección hidráulica, en-
           tre otros.
           Para que se puedan comercializar estos pro-
           ductos en el área de despacho, se requiere
           que las empresas que los elaboran o comer-
           cializan comprueben, a satisfacción de Pe-
           tróleos Mexicanos, que estos productos
           cumplen con las especificaciones técnicas
           y de calidad previstas en las normas oficiales
           mexicanas, normas mexicanas o en su de-
           fecto en los métodos internacionales, por lo
           que las empresas interesadas en el registro
           deberán presentar lo siguiente:

           •  Carta para el registro como empresa que comercializa lubricantes.

           •  Datos sobre la experiencia de la empresa en el mercado de los productos que
             comercializa.

           •  Copia del registro de marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

           •  Certificación ISO 9000 y/o ISO 9001.

           •  Carta de NYCE (Normalización y certificación electrónica) que indique que la in-
             formación comercial del envase del producto cumple con la normatividad vigente
             o certificado que avale el cumplimiento de las normas:
                » NOM-050-SCFI-2004 Información comercial -Etiquetado general de produc-
               tos, o la que esté vigente.
                » NOM-002-SCFI-2011 “Productos preenvasados -Contenido neto -Tolerancias
               y métodos de verificación”, o la que esté vigente.

           •  En su caso, certificado que avale el cumplimiento de la norma NOM-113-SC-
             FI-1995 Líquido para frenos hidráulicos empleado en vehículos automotores
             -Especificaciones de seguridad y métodos de prueba, o la que esté vigente.
           El registro como empresa que comercializa dichos productos no implica una reco-
           mendación expresa de Petróleos Mexicanos con los empresarios gasolineros.
           Los productos se podrán colocar en los exhibidores que cumplan con lo dispues-
           to en las Especificaciones Técnicas para Proyecto y Construcción de Estaciones
           de Servicio y de Autoconsumo, así como el Manual de Operación de la Franquicia
           Pemex  vigentes.
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