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INFORMACIÓN PARA PROVEEDORES Y CONTRATISTAS DE PEMEX
No se puede realizar la venta de aceites lubricantes terminados a granel, o como
comúnmente se le denomina litreado.
ACEITES y LUBRICANTES
Requerimientos comerciales de los
aditivos automotrices para ser comer-
cializados en las estaciones de servicio
de la Franquicia Pemex .
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El Franquiciatario puede comercializar en las
áreas de despacho de las Estaciones de Ser-
vicio; productos tales como anticongelantes,
líquidos para frenos, líquidos para batería,
agua para el depósito del parabrisas, aditivos
para gasolina o diésel, aditivos para el radia-
dor y líquidos para la dirección hidráulica, en-
tre otros.
Para que se puedan comercializar estos pro-
ductos en el área de despacho, se requiere
que las empresas que los elaboran o comer-
cializan comprueben, a satisfacción de Pe-
tróleos Mexicanos, que estos productos
cumplen con las especificaciones técnicas
y de calidad previstas en las normas oficiales
mexicanas, normas mexicanas o en su de-
fecto en los métodos internacionales, por lo
que las empresas interesadas en el registro
deberán presentar lo siguiente:
• Carta para el registro como empresa que comercializa lubricantes.
• Datos sobre la experiencia de la empresa en el mercado de los productos que
comercializa.
• Copia del registro de marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
• Certificación ISO 9000 y/o ISO 9001.
• Carta de NYCE (Normalización y certificación electrónica) que indique que la in-
formación comercial del envase del producto cumple con la normatividad vigente
o certificado que avale el cumplimiento de las normas:
» NOM-050-SCFI-2004 Información comercial -Etiquetado general de produc-
tos, o la que esté vigente.
» NOM-002-SCFI-2011 “Productos preenvasados -Contenido neto -Tolerancias
y métodos de verificación”, o la que esté vigente.
• En su caso, certificado que avale el cumplimiento de la norma NOM-113-SC-
FI-1995 Líquido para frenos hidráulicos empleado en vehículos automotores
-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba, o la que esté vigente.
El registro como empresa que comercializa dichos productos no implica una reco-
mendación expresa de Petróleos Mexicanos con los empresarios gasolineros.
Los productos se podrán colocar en los exhibidores que cumplan con lo dispues-
to en las Especificaciones Técnicas para Proyecto y Construcción de Estaciones
de Servicio y de Autoconsumo, así como el Manual de Operación de la Franquicia
Pemex vigentes.
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