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FINANCIAMIENTO A PROVEEDURÍA NACIONAL



           los intermediarios financieros no bancarios, a fin de que las empresas
           mexicanas aumenten su productividad y competitividad a través de
           apoyos directos o mediante intermediarios financieros como: crédito
           directo, factoraje, cartas de crédito, garantías de comercio exterior,
           seguros de crédito, financiamiento, entre otros. El programa para el
           financiamiento de proyectos de energía renovable, otorga recursos de
           largo plazo, en moneda nacional o en dólares para apoyar a las empre-
           sas durante las etapas de construcción, operación y mantenimiento
           de las obras. Este está dirigido a empresas nacionales y extranjeras
           desarrolladoras de proyectos de energía renovable el monto del cré-
           dito es hasta 30.0 MDP o su equivalente en USD. Plazo: amortizable
           hasta 15 años y revolventes hasta 3 años.

           2.-Estímulos fiscales


           Son diversas formas con las que es posible reducir o exentar el pago de
           algunas contribuciones, como el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Es im-
           portante observar que se tratan de facilidades y reducciones tributarias.

           2.1.- Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo
           de Tecnología (EFIDT) que opera el CONACYT

           El Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología (EFIDT),
           es un crédito fiscal equivalente al 30% de los gastos e inversiones
           realizado en IDT por los contribuyentes del impuesto sobre la renta
           (ISR) en el ejercicio fiscal, contra el ISR causado en el ejercicio por el
           contribuyente. El monto del EFIDT que se autorice no podrá ser mayor
           a 50 millones de pesos por contribuyente.

           2.2.- Estímulo Fiscal relacionado con las inversiones
           realizadas para la recuperación secundaria y mejorada.


           En el artículo 32, 40 y 46 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos,
           se establece que pueden ser deducibles del cálculo del ISR las in-
           versiones realizadas para la recuperación secundaria y mejorada que
           realicen los operadores petroleros. La oportunidad que se vislumbra
           en este caso, para las pymes, está relacionada con proveer bienes y
           servicios a los operadores petroleros relacionados con dichas activi-
           dades, es decir, puede ser utilizada como una estrategia de ventas,
           considerando que estas pueden ser deducibles al 100%.


           2.3.- Estímulos fiscales relacionados con programas
           de comercio exterior

           Programa de Promoción Sectorial (PROSEC). Es un instrumento diri-
           gido a personas morales productoras de determinadas mercancías, a
           quienes se les permite importar con arancel ad-valorem preferencial
           (Impuesto General de Importación) diversos bienes, para ser utilizados
           en la elaboración de productos específicos, independientemente de
           que las mercancías a producir sean destinadas a la exportación o al
           mercado nacional.

           –  Devolución de Impuestos a los exportadores (DRAWBACK). Progra-
             ma que permite a los beneficiarios recuperar el impuesto general de
             importación causado por la importación de insumos, materias pri-
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